Herencias

El usufructo y la nuda propiedad, ¿se pueden vender?

El usufructo y la nuda propiedad. ¿Se pueden vender?

Los dos derechos que se pueden tener sobre un bien son la nuda propiedad y el usufructo. Solo se alcanzará la plena propiedad de un bien heredado cuando ambos derechos coinciden en la misma persona.

¿Quieres saber cómo se puede gestionar cada uno?

En este artículo te lo explicamos. 

Índice de contenidos

1. Diferencia entre usufructo y nuda propiedad

2. La nuda propiedad

3. El usufructo

4. ¿Se puede vender el usufructo?

Heredar nunca ha sido tan fácil

1. Diferencias entre usufructo y nada propiedad

La plena propiedad de un bien se consigue cuando el usufructo y la nuda propiedad coinciden en una misma persona.

Pero, ¿cuál es la diferencia entre ambos?

  • La nuda propiedad: es el derecho de una persona, denominada nudo propietario, a ser propietario o titular de un determinado bien, con la limitación de no poder utilizar o disfrutar de él.

La nuda propiedad consiste en ser el dueño de un bien.

  • El usufructo: es el derecho de una persona, llamada usufructuario; para poder usar y disfrutar de un determinado bien, respecto del cual no ostenta su titularidad o propiedad.

El usufructo consiste en tener la posesión y poder disfrutar de dicho bien.

Por lo tanto, nuda propiedad y usufructo son dos derechos diferenciados del mismo bien. Con lo cual, cada uno puede recaer sobre una persona distinta.

En la siguiente tabla vamos a ver que puede hacer el nudo propietario y el usufructuario de un bien:

Nudo propietario

  • El nudo propietario es el titular dominical o propietario de un bien, pero no tiene el derecho para el uso y disfrute de dicho bien.

 

  • El nudo propietario sólo podrá disfrutar de la vivienda cuando adquiera la titularidad plena. Es decir, cuando se extinga del derecho del usufructuario, que normalmente se produce con el fallecimiento del usufructuario, en caso de usufructos vitalicios. O bien, por la extinción del derecho de usufructo, en caso de ser temporal al haber expirado el plazo convenido.

 

  • El nudo propietario no puede alquilar la vivienda. Pero sí puede vender la nuda propiedad a un tercero.

Usufructuario

  • El usufructuario tiene el derecho de uso y disfrute de un bien, pero sin embargo, no es su propietario.

 

  • El derecho de usufructo puede ser temporal o vitalicio.

 

  • El usufructuario podrá usar y disfrutar de la vivienda mientras dure su derecho.

 

  • El usufructuario puede alquilar la vivienda y obtener una renta mientras continúe vigente su derecho, o bien vender su derecho de usufructo a un tercero.

¿Heredar pagando menos? Es posible.

2. La nuda propiedad

La nuda propiedad consiste en ser propietario de un bien, pero sin tener el derecho a su uso y disfrute.

El nudo propietario es la persona titular de ese derecho. Por lo tanto es el dueño del bien. Aunque su poder sobre él es muy limitado.

2.1 Pros y contras de la nuda propiedad

  • Hay que tener en cuenta que es una inversión a medio o largo plazo, puesto que se compra algo que no se va a poder disfrutar hasta que se extinga dicho usufructo. Por ello, el precio de venta o de la nuda propiedad, es inferior a precio de mercado, que lo marcaría la propiedad plena.

 

  • El nudo propietario tendrá que asumir los gastos de compra en notaría, registro e impuestos, tanto en la compra de la nuda propiedad, como también en el futuro a la hora de adquirir el pleno dominio y consolidar su plena propiedad, tanto en el registro como en los impuestos.

 

  • Al nudo propietario corresponde asumir, en principio, los gastos de mantenimiento, gastos de comunidad (ordinarios y extraordinarios) e IBI del inmueble.

 

  • El derecho de nuda propiedad, puede ser vendido a un tercero, respetando el derecho de usufructo existente.

3. El usufructo

En caso de que el usufructuario decida vender su derecho de usufructo, lo más habitual es venderlo al nudo propietario.

Lo más común es que el usufructuario venda al nudo propietario su derecho. De esta forma, el nudo propietario poseerá la plena propiedad del bien.

3.2 Pros y contras del usufructo

  • El propietario de un bien al vender su vivienda obtiene liquidez, sin perder su derecho a seguir viviendo en su hogar.

 

  • La venta de la nuda propiedad dependerá en gran medida de la edad y esperanza de vida del usufructuario. Cuanto mayor sea la expectativa de vida, menor será el precio de venta.

 

  • Cuando se vaya a producir la venta de la nuda propiedad, el usufructuario tendrá que pagar la plusvalía municipal. Además, a este gasto se le sumarán los gastos de consumo habituales de la vivienda

 

  • El usufructuario puede alquilar la vivienda a un tercero y obtener así una renta.

3.1 Extinción del usufructo

El usufructo puede extinguirse por diversas causas. A continuación enumeramos las más comunes:

  • Muerte del usufructuario

Cuando el usufructuario fallece, su derecho se extingue. Entonces, su derecho de uso y disfrute pasa al nudo propietario. Es decir, el derecho de usufructo no se puede heredar. Se extingue tras al fallecimiento de la persona que lo adquirió inicialmente.

También se puede dar el caso de que el usufructo corresponda a varias personas en régimen de proindiviso. En ese caso, el nudo propietario no adquirirá la propiedad plena hasta el fallecimiento de todos los usufructuarios.

  • Cumplimiento del plazo por el que se constituyó

Los usufructos pueden tener un carácter temporal o vitalicio. En los usufructos temporales, el nudo propietario adquiere la plena propiedad cuando vence el plazo previsto. O también si el usufructuario fallece antes de que el plazo venza. Siempre y cuando, claro está, no se haya pactado lo contrario.

  • Cumplimiento de la condición resolutoria establecida en el pacto de usufructo

Por último, se puede hacer un pacto entre nudo propietario y usufructuario. Este consiste en un usufructo temporal cuyo fin está vinculado a que se produzca un determinado hecho. Por ejemplo, que se atribuya el usufructo a una persona mientras ésta permanezca soltera. En este caso, el matrimonio de la persona usufructuaria sería la causa de extinción del usufructo desde su celebración.

4. ¿Se puede vender el usufructo?

El pleno dominio sobre una finca se consolida cuando la propiedad y el uso y disfrute se aúnan en una misma persona.

A continuación explicamos qué tiene que ocurrir en cada caso:

  • El nudo propietario compra el derecho de usufructo al usufructuario. También puede esperar a que se extinga el derecho de usufructo. Habitualmente suele ser por causa de fallecimiento.

 

  • El usufructuario compra la nuda propiedad al titular del bien.
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