Hoy 3 de noviembre ha visto la luz la sentencia que tanto esperábamos y que fue dictada por el Tribunal Constitucional el pasado 26 de octubre.
Finalmente, a la vista de la sentencia NO SON REVISABLES LAS QUE SE HAYAN LIQUIDADO DEFINITIVA O PROVISIONALMENTE SI NO HAN SIDO IMPUGNADAS ANTES DEL 26 DE OCTUBRE.
Con esta sentencia queda ahora en manos del legislador el cubrir el VACIO LEGAL que supone la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos afectados del Texto Refundido de Ley reguladora de Haciendas Locales para adecuarlo al art. 31.1 de nuestra Constitución.
¿Qué pasos seguir para acceder a las cuentas bancarias de una herencia? Te contamos qué…
El derecho de transmisión regula qué pasa con la herencia cuando un hijo muere antes…
¿Se puede vender el usufructo de una herencia? Consulta qué opciones tienes si tu herencia…
Aceptar una herencia no implica obtener los bienes de la misma. Conoce qué trámites hacen…
La escritura de la herencia es fundamental para que los bienes pasen a propiedad del…